EE.UU. emite la Licencia General 46: Se autorizan nuevas operaciones petroleras en Venezuela
WASHINGTON D.C. – La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos ha anunciado oficialmente la emisión de la Licencia General N° 46.
Esta medida autoriza la ejecución de transacciones críticas relacionadas con la industria de hidrocarburos venezolana, específicamente en áreas de exportación, transporte, refinación y comercialización.
Alcance y Beneficiarios
La nueva licencia está dirigida exclusivamente a empresas estadounidenses establecidas antes del 29 de enero de 2025, el objetivo es permitir la continuidad y el desarrollo de actividades energéticas específicas.
Condiciones y Restricciones Operativas
Para garantizar la transparencia y el cumplimiento de los objetivos de política exterior de EE.UU., la Licencia General 46 establece una serie de condiciones mandatorias.
Jurisdicción Legal: Todos los contratos suscritos por empresas estadounidenses bajo esta licencia deben regirse estrictamente por las leyes de los Estados Unidos, y cualquier disputa legal resultante deberá resolverse en tribunales estadounidenses.
Exclusión de Actores Geopolíticos: Queda terminantemente prohibida cualquier transacción en el sector petrolero que involucre a entidades vinculadas con Rusia, Irán, Corea del Norte o Cuba, así como aquellas controladas por China.
Restricciones de Pago: No se permiten transacciones mediante el uso de oro, criptoactivos o mecanismos de trueque de deuda.
Control de Fondos: Siguiendo los lineamientos de la Orden Ejecutiva 14373 (del 9 de enero de 2026), cualquier pago monetario destinado a una persona bloqueada deberá ser depositado en los Fondos de Depósito del Gobierno Extranjero o en cuentas autorizadas por el Departamento del Tesoro.
Supervisión de Exportaciones: Las ventas de hidrocarburos realizadas a terceros países estarán sujetas a un régimen de informes periódicos obligatorios ante las autoridades competentes de EE.UU.
Impacto en el Sector
Esta medida representa un paso estratégico en la gestión de las sanciones comerciales, permitiendo una operatividad controlada para las empresas del sector energético estadounidense mientras se mantiene una vigilancia rigurosa sobre el flujo de capitales y los socios comerciales involucrados.
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